La campaña iniciada a favor de Barranquita, Lamas; para evitar que continúen desforestando la amazonía, tomó eco. La Dirección Regional de Agricultura de San Martín emitió una resolución que dispone de manera inmediata que la Empresa Agrícola del Caynarachi S.A., del grupo Romero, suspenda el desbosque al interior del predio Palmas del Oriente.
La Resolución Directoral Regional Nº. 021-2010-GRSM/ DRASAM, declara la nulidad de la resolución administrativa Nº 208-2008-INRENA- IFFS-ATFFS- San Martín, que autorizó el cambio en uso de tierra con cobertura boscosa en el predio denominado Palmas del Oriente, en Barranquita, provincia de Lamas.
La resolución directoral firmada por el Ing. Antonio Arce García, establece como causal de nulidad vicios de orden administrativo como la ausencia del Estudio de Impacto Ambiental (EIA), presentado año y medio después de haberse expedido la resolución de cambio de uso de tierras.
El EIA tuvo siete observaciones, y la empresa no pudo absolver cinco de ellas y las otras dos, sólo fueron respondidas de forma parcial.
La resolución también establece que no se ha respetado la Zonificación Económica y Ecológica de la Región San Martín, la misma que determina cuales son las capacidades y potencialidades para el uso del suelo.
La resolución, que paraliza las actividades de la empresa Caynarachi, precisa como base legal lo determinado en la Resolución Ministerial Nº 255-2007-AG del Ministerio de Agricultura, que establece que esta zona es apta sólo para pastos y no para el desarrollo de proyectos agrícolas permanentes como la siembra de Palma Aceitera.
La resolución directoral firmada por el Ing. Antonio Arce García, establece como causal de nulidad vicios de orden administrativo como la ausencia del Estudio de Impacto Ambiental (EIA), presentado año y medio después de haberse expedido la resolución de cambio de uso de tierras.
El EIA tuvo siete observaciones, y la empresa no pudo absolver cinco de ellas y las otras dos, sólo fueron respondidas de forma parcial.
La resolución también establece que no se ha respetado la Zonificación Económica y Ecológica de la Región San Martín, la misma que determina cuales son las capacidades y potencialidades para el uso del suelo.
La resolución, que paraliza las actividades de la empresa Caynarachi, precisa como base legal lo determinado en la Resolución Ministerial Nº 255-2007-AG del Ministerio de Agricultura, que establece que esta zona es apta sólo para pastos y no para el desarrollo de proyectos agrícolas permanentes como la siembra de Palma Aceitera.





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