El Jurado Nacional de Elecciones, a través de la Resolución 370-2010-JNE, señala la “cuota nativa y de pueblos originarios en las próximas elecciones” y certifica que ésta cifra de participación indígena será del 15% y se aplicará también a las comunidades campesinas, las que en anteriores procesos electorales eran excluidas de la aplicación de la cuota.
Asimismo, la norma señala que la acreditación del candidato debe ser efectuada por el jefe o representante de la autoridad nativa o autoridad comunal, por escrito, ante juez de paz. La representatividad de las autoridades comunales deberá ser refrendada por la dirección regional agraria o el órgano del gobierno regional respectivo.
Además, el dispositivo señala que esta resolución debe ser publicada en la web del JNE y otros canales de información para que los pueblos indígenas alejadas de la ciudades puedan informarse y tener cabal conocimiento de sus derechos como ciudadanos.





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