Segunda vuelta electoral es el término utilizado para designar la segunda ronda de votación en las elecciones a cargos ejecutivos o legislativos. En sentido amplio, consiste en que para llegar al cargo público que corresponda es necesario obtener más de la mitad de los votos emitidos.
Esta institución nace en el siglo XIX, por primera vez en 1852 con la instauración del Segundo Imperio de Napoleón III. Luego se aplica nuevamente en la III República, y surge con gran fuerza en la V República a través de la Constitución de 1958. Es una institución electoral paradigmática del derecho electoral y constitucional francés.
En algunos países, cuando en una elección presidencial ninguno de los candidatos supera un determinado porcentaje de los votos (por lo general mayoría absoluta), se realiza una segunda vuelta para decidir entre los dos primeros candidatos. Se trata pues de una eventual etapa del proceso de elección de una autoridad.
* Una forma es que en la primera vuelta se declara ganador al candidato que obtiene la mayoría absoluta (mitad más uno de los sufragios validos) de los votos, en caso contrario se realiza una segunda vuelta (con los mismos candidatos o aquellos que superan cierto porcentaje de los votos válidamente emitidos) en la cual es declarada electa la primera mayoría relativa.
* Una variante es que en el caso que en la primera vuelta no haya ganador con mayoría absoluta, se efectúe una segunda vuelta con las dos primeras mayorías, declarando ganador al que tenga la mayoría de los votos. (Wikipedia)





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