El Colectivo Consulta Ciudadana informa:
El Poder Ejecutivo ha presentado el Proyecto de Ley N° 4757/2010-PE, “Creación y Organización Territorial de la Provincia Especial de San Juan de Lurigancho en el Departamento de Lima”, en base al territorio del actual distrito incluyendo el Centro Poblado Pampas de Canto Grande denominado “Anexo 22 – Jicamarca” o “Villa San Antonio”.
Estas propuestas nacen en los años 80, producto de las masivas invasiones que pueblan las pampas de Canto Grande, surgiendo las diferencias económicas y sociales con la Zona Baja , planteándose en primera instancia la creación de dos distritos. La idea reaparece en los años 90 y vuelve a presentarse como parte de la campaña presidencial 2006 del Dr. Alan García (PAP). En Canto Grande, se hace la promesa de crear la “Provincia de SJL” (con cinco distritos: Campoy, Huachipa, Las Flores, Canto Grande y Jicamarca), designando como capital a Zárate. Electo Presidente en Octubre del 2006 promulga el Decreto Supremo Nº 074-2006-PCM, donde “Declara como Zona de Interés Nacional el Distrito de SJL”, a fin de ejecutar las acciones de demarcación territorial de la nueva provincia.
Los diversos proyectos (del ex Alcalde Mauricio Rabanal, del ex congresista José Vega Antonio, del ex dirigente Grido De Los Heros y de la Sra. Martha Quintanilla) son incluidos en un solo proyecto de la PCM, el Proyecto de Ley Nº 4757-2010-EF, enviado el 29 de Marzo al Congreso de la República con carácter de urgencia y exonerado de todo debate previo en la Comisión de Descentralización y Comisión de Constitución.
Este P.L. Nº 4757 es una decisión improvisada del Presidente Alan García, que más parece favorecer apetitos electorales de última hora, así lo demuestran graves infracciones cometidas en el Proyecto de Ley.
Entre las infracciones podemos mencionar que la Ley de Demarcación y Organización Territorial, Ley Nº 27795, Artículo 15 (inciso a.1), señala como requisito para la creación de provincias la “Opinión mayoritaria de la población involucrada”. El Articulo 15 (inciso b.5) agrega “La propuesta deberá incluir como mínimo cuatro distritos”. Ninguna de estas dos condiciones se ha tomado en cuenta al elaborar el Proyecto de Ley sobre Provincialización que inventa la categoría de “Provincia de Régimen Especial”, limitando los mecanismos de participación ciudadana en virtud de que se excluye en su creación toda instancia de gobierno distrital.
Asimismo, el Proyecto de Ley N° 4757 transgrede la Ley de Bases de la Descentralización (Artículo 35), la Ley de Demarcación y Organización Territorial (Artículo 5) y su Reglamento (Artículo 27) dado que toda norma que pretenda modificar la demarcación territorial de Lima Metropolitana debe partir necesariamente de la propia Municipalidad Metropolitana de Lima.
LA SITUACIÓN DE JICAMARCA.- A toda esta problemática se suma la disputa entre la provincia de Huarochirí y San Juan de Lurigancho por el Centro Poblado Pampas de Canto Grande (o “Anexo 22 – Jicamarca” o “Villa San Antonio”), producto de las clientelas políticas y el negociado de tierras que juegan a favor de una u otra jurisdicción, según sean los intereses.
POSICIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE LIMA
La Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 078: “En defensa de la institucionalidad Metropolitana de Lima” del Lunes 11 de Abril, aprobado por amplia mayoría resuelve rechazar el Proyecto Nº 4757 por ser “…todo acto, propuesta o iniciativa, que transgrediendo la ley, desconociendo o ignorando las facultades y prerrogativas de la misma se pretenda alterar la organización territorial de la Capital de la República sin consulta previa. Asimismo, expresamos el respaldo del Consejo Metropolitano a la defensa de la autonomía municipal, sus atribuciones y prerrogativas”.





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