La atención recíproca para casos de atención
y servicios de salud entre Perú y Ecuador fue aprobada el martes 9 por la
Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y
Modernización de la Gestión del Estado, que preside el congresista Richard
Acuña Núñez (APGC), y su objeto es dar cumplimiento al Acuerdo Bilateral para
su implementación en este caso.
Uno de los fines del compromiso es
brindar atención en salud pública entre ambos países. Se autoriza, para el
efecto, a los establecimientos de salud públicos a cargo del Ministerio de
Salud y de los gobiernos regionales a brindar atención a los nacionales de la República
del Ecuador que ingresen legalmente al país. Ello, en reciprocidad a lo que
viene brindando ese país a los connacionales peruanos. Se financiarán con cargo
al presupuesto del Seguro Integral de Salud (SIS) .
Se encarga al Ministerio del Interior, a
través de la Dirección General de Migraciones, compartIr una base de datos con
el Seguro Integral de Salud para dar atención a los nacionales ecuatorianos. De
igual forma, los establecimientos de salud públicos a que se refiere la
presente ley brindarán las atenciones consideradas en el Plan Esencial de
Aseguramiento en Salud, aprobado por decreto supremo. En los lugares donde aún
no se haya implementado dicho plan, se aplicará el Listado Priorizado de
Intervenciones Sanitarias, establecido también por el Decreto Supremo 004-2007
y sus modificatorias, entre otros aspectos relacionados a este caso.





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