En Caraz se clausuran bares que están cerca a instituciones educativas. Por ejemplo el pasado martes 24 de septiembre, se realizó la clausura definitiva del Bar “Janet” ubicado en la Av. Santa Rosa, adyacente a la I.E.P María Montessori, por retirar los carteles de cierre y seguir incurriendo en la venta de licor a todo el público. En este caso se ha incurrido en lo dispuesto en el artículo segundo de la Resolución Gerencial Nº 250-2013, pagando la multa impuesta, bajo apercibimiento de ser denunciado por el delito de desobediencia o resistencia a la autoridad.
Cabe mencionar, que en el interior de esta cantina se halló nuevamente a personas libando licor de dudosa procedencia y el ambiente de atención no presentaba las condiciones adecuadas para la atención al público.
Según el artículo Nº 368 del Código Penal, el que desobedece o resiste la orden legalmente impartida por un funcionario público, en el ejercicio de sus atribuciones, salvo que se trate de la propia detención, será reprimido con pena privativa de libertad, no menor de seis meses ni mayor de dos años, dispositivo legal aplicable en el presente caso.
La conducta renuente y desafiante de la infractora frente a las acciones que ejecuta la autoridad municipal, contra aquellos que vulneren o infrinjan las disposiciones municipales, merece reproche y sanción ejemplar, pues la autoridad debe imponer orden y respeto en la comunidad y estas deben ser acatadas por los individuos tanto más, cuando las acciones y/o disposiciones han sido emitidas dentro del marco legal vigente.
Dichas intervenciones son realizadas, con la finalidad de brindar seguridad y tranquilidad, frenando la expenda de bebidas alcohólicas cerca de los colegios, donde tanto niños como adolescentes, están expuestos a personas de mal vivir.
Cabe mencionar, que en el interior de esta cantina se halló nuevamente a personas libando licor de dudosa procedencia y el ambiente de atención no presentaba las condiciones adecuadas para la atención al público.
Según el artículo Nº 368 del Código Penal, el que desobedece o resiste la orden legalmente impartida por un funcionario público, en el ejercicio de sus atribuciones, salvo que se trate de la propia detención, será reprimido con pena privativa de libertad, no menor de seis meses ni mayor de dos años, dispositivo legal aplicable en el presente caso.
La conducta renuente y desafiante de la infractora frente a las acciones que ejecuta la autoridad municipal, contra aquellos que vulneren o infrinjan las disposiciones municipales, merece reproche y sanción ejemplar, pues la autoridad debe imponer orden y respeto en la comunidad y estas deben ser acatadas por los individuos tanto más, cuando las acciones y/o disposiciones han sido emitidas dentro del marco legal vigente.
Dichas intervenciones son realizadas, con la finalidad de brindar seguridad y tranquilidad, frenando la expenda de bebidas alcohólicas cerca de los colegios, donde tanto niños como adolescentes, están expuestos a personas de mal vivir.





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